¿Quién Debe Limpiar Los Graffitis?

¿Quién Debe Limpiar Los Graffitis?

 

  

 

Siempre nos hacemos la misma pregunta después de venos afectados por un GRAFFITI que ensucia y deteriora nuestra imagen.

¿Quién debe hacerse cargo de la limpieza de los actos de vandalismo con graffitis?

¿El Ayuntamiento, nosotros, la comunidad de propietarios, el seguro?

En muchas ciudades y municipios los graffitis son uno de los mayores problemas de vandalismo con el que nos enfrentamos actualmente.

Tan sólo limpiar en el 2018 el Metro de Madrid y sus Cercanías, represento un coste de más de 4 millones de euros.

Pero también el problema de los graffitis se extrapola a otros núcleos de la población, como son las Viviendas Particulares, Comunidades de Propietarios, Comerciantes, Edificios Públicos, etc. que ven a diario sus fachadas, escaparates y puertas llenos de pintadas.

El Ayuntamiento de Madrid en su artículo 23 resuelve estas dudas en su  Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos.

“La propiedad de inmuebles o establecimientos está obligada a mantener limpias sus fachadas, y en general todas las partes de los inmuebles que sean visibles desde los espacios públicos”.

Además se establece en su artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid,

“Los propietarios de edificaciones, urbanizaciones, terrenos, carteles e instalaciones deberán conservarlas en buen estado de seguridad, salubridad y ornato público.”

Por lo tanto la limpieza de estos graffitis en fachadas de fincas particulares colindantes con vías también particulares será responsabilidad de los propietarios, quienes serán los encargados de su mantenimiento y conservación.

Pero, ¿si el graffiti se ha realizado en la fachada exterior del comercio o el edificio que está situado en la vía pública?

Entonces corresponderá al Ayuntamiento la limpieza con excepción de:

  • Entidades Bancarias,
  • Garajes,
  • Portales y puertas,
  • Cierres Metálicos
  • Cristales,
  • Así como los protegidos con sistemas de video vigilancia.

 

A través de la Dirección General de Limpieza y Residuos sólo actuará en la limpieza de grafitis de fachadas exteriores del edificio siempre y cuando no pueda ocasionarse desperfectos “no actuando en elementos de madera, metal, pintura mono capa u otros materiales que puedan ser dañados, así como puertas y cristales” y hasta una altura de 12 metros, imputando el coste del servicio de limpieza a quienes realicen los graffitis.

Otra pregunta que nos plantean nuestros clientes es si el seguro de la Comunidad de Propietarios debería hacerse cargo de la limpieza de los graffitis.

Normalmente en la mayoría de las pólizas queda excluido este riesgo pero últimamente son más las compañías de seguros que están ofreciendo esta cobertura en sus pólizas.

¿Y en si los graffitis se realizan en un chalet, villa o vivienda unifamiliar?

En estos casos por regla general el seguro del hogar suele incorporar cobertura por actos de vandalismo en los que normalmente vienen incluidas pintadas y graffitis en paredes tanto interiores como exteriores.

Otra pregunta que nos hacen nuestros clientes después de una pintada es ¿Cómo puedo solicitar el servicio de limpieza de pintadas o graffitis a mi Ayuntamiento?.

Hay varias formas. Bien a través de la página web del Ayuntamiento, a través del 010 o dirigiéndose a las Oficinas de Atención al Ciudadano.

Varios consejos para reducir el vandalismo y reforzar la disuasión.

  • Laminas anti-graffitis en ventanas y escaparates.
  • Pintura anti-graffiti en fachadas
  • Cámaras de CC TV. En este caso se debe tener un protocolo de denuncia para que los vándalos sean localizados.

 



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